El Congreso Nacional rechazó la posibilidad de reconsiderar la Ley de Hidrocarburos, con sólo una observación "genérica" de parte del presidente Carlos Mesa, y dejó en suspenso su participación en el encuentro convocado por éste para el próximo lunes. La decisión del Legislativo boliviano fue aprobada en una sesión con duras críticas de la mayoría de los grupos parlamentarios a Mesa, quien consideró que la nueva normativa es un instrumento que arriesga la unidad de la nación. El Congreso Nacional consideró que la "observación de carácter conceptual" que el presidente Carlos Mesa Gisbert hizo a la Ley de Hidrocarburos implica "un veto conceptual", que de ser aprobado deja en vigencia la Ley 1689, del 30 de abril de 1996, promulgada por Gonzalo Sánchez de Lozada, hecho que entra en "contradicción con los resultados del referéndum". Ése es uno de los puntos de la declaración congresal que los parlamentarios dirigieron "al pueblo de Bolivia". En el documento, éstos también expresaron su posición sobre la norma, de la que dijeron fue sancionada y enviada al Poder Ejecutivo en estricto cumplimiento de la Constitución Política del Estado (CPE). Como el Congreso Nacional no recibió formalmente las observaciones de Mesa Gisbert, los legisladores optaron por no mandar sus reparos por escrito al mandatario, sino una declaración ante la opinión pública. "En caso de que el Presidente de la República formalice sus observaciones dentro de los términos constitucionales, el Congreso Nacional tratará dicha observación, de conformidad a las disposiciones constitucionales", señala el documento.
El procedimiento : El presidente del Congreso Nacional, Hormando Vaca Díez, advirtió de que cuando el Parlamento trata reparos de una norma en su integridad, sólo existen dos opciones de resultado, la aprobación o el rechazo. Aclaró que de darse el primer caso, el país corre el riesgo que se anule la nueva Ley de Hidrocarburos sancionada el jueves 5 por Diputados, y se mantenga vigente la Ley 1689. Esto porque no puede tratarse el asunto hasta la próxima legislatura. "Si no hay dos tercios para rechazar sus observaciones a toda la ley, ésta queda nula entera. Y en consecuencia queda vigente la anterior normativa, y quedamos en el iceberg respecto al cumplimiento del referéndum", dijo. En cambio, si los legisladores la rechazan por dos tercios de voto, el Presidente de la República debe promulgarla como está.
Observaciones puntuales Pese a que el Gobierno anunció que sus reparos son de carácter "conceptual", tiene otra opción para presentarlos: artículo por artículo. De acuerdo con Vaca Díez, si el Jefe de Estado plantea sus objeciones puntualmente sobre algunos artículos específicos de la ley, el Congreso, que ya sancionó la norma, tiene la opción de revisarlos sin necesidad de descartar definitivamente la norma, tal como ocurre cuando se aprueba las observaciones a toda la ley. La Ley Suprema de la Nación no contempla la figura de "observación conceptual", sólo la promulgación de una norma o su simple objeción. El presidente Mesa Gisbert planteó esa figura jurídica, con el fin de concertar un gran acuerdo nacional sobre la Ley de Hidrocarburos y sobre los otros asuntos de la agenda nacional, como la elección de prefectos, el referéndum sobre autonomías y la Asamblea Constituyente. Esto debido a que la falta de acuerdo en estos aspectos ponen en riesgo la unidad de la nación. En general, todos los legisladores le pidieron que envíe sus observaciones puntuales para que ellos, sobre esa base, puedan emprender un debate de la ley.
El procedimiento : El presidente del Congreso Nacional, Hormando Vaca Díez, advirtió de que cuando el Parlamento trata reparos de una norma en su integridad, sólo existen dos opciones de resultado, la aprobación o el rechazo. Aclaró que de darse el primer caso, el país corre el riesgo que se anule la nueva Ley de Hidrocarburos sancionada el jueves 5 por Diputados, y se mantenga vigente la Ley 1689. Esto porque no puede tratarse el asunto hasta la próxima legislatura. "Si no hay dos tercios para rechazar sus observaciones a toda la ley, ésta queda nula entera. Y en consecuencia queda vigente la anterior normativa, y quedamos en el iceberg respecto al cumplimiento del referéndum", dijo. En cambio, si los legisladores la rechazan por dos tercios de voto, el Presidente de la República debe promulgarla como está.
Observaciones puntuales Pese a que el Gobierno anunció que sus reparos son de carácter "conceptual", tiene otra opción para presentarlos: artículo por artículo. De acuerdo con Vaca Díez, si el Jefe de Estado plantea sus objeciones puntualmente sobre algunos artículos específicos de la ley, el Congreso, que ya sancionó la norma, tiene la opción de revisarlos sin necesidad de descartar definitivamente la norma, tal como ocurre cuando se aprueba las observaciones a toda la ley. La Ley Suprema de la Nación no contempla la figura de "observación conceptual", sólo la promulgación de una norma o su simple objeción. El presidente Mesa Gisbert planteó esa figura jurídica, con el fin de concertar un gran acuerdo nacional sobre la Ley de Hidrocarburos y sobre los otros asuntos de la agenda nacional, como la elección de prefectos, el referéndum sobre autonomías y la Asamblea Constituyente. Esto debido a que la falta de acuerdo en estos aspectos ponen en riesgo la unidad de la nación. En general, todos los legisladores le pidieron que envíe sus observaciones puntuales para que ellos, sobre esa base, puedan emprender un debate de la ley.
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