jueves, mayo 18, 2006

Corte Suprema otorga libertad provisional a Fujimori


Por cuatro votos contra uno la Segunda Sala Penal de la Corte Suprema decidió otorgarle la libertad provisional al ex Presidente peruano Alberto Fujimori, quien cumplió seis meses detenido en Chile por un proceso de extradición en su contra. Según la resolución "la libertad del requerido no es un peligro para la seguridad de la sociedad ni de las víctimas y no entorpecerá las diligencias pendientes".La decisión del máximo tribunal, no obstante, prohíbe la salida del país del ex Mandatario, requerido por la justicia de su país por violaciones a los derechos humanos y casos de corrupción.Los ministros que votaron a favor de la libertad fueron Enrique Cury, Rubén Ballesteros, Nibaldo Segura y el abogado integrante Hernán Álvarez. Mientras el voto en contra fue del magistrado Jaime Rodríguez Espoz. Este último consideró la naturaleza y número de delitos que se le imputan al ex Mandatario y estimó que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad.

En su llegada a Chile hace seis meses. Ministro debe fijar fianzaUna vez que terminó de integrar la Cuarta Sala de la Corte Suprema, el ministro Orlando Álvarez determinó el monto de la fianza en 1.500.000 de pesos y las condiciones que regirán la libertad. Los abogados del ex Jefe de Estado, Gabriel Zaliasnik y Francisco Veloso, se dirigieron a la Escuela de Gendarmería para comunicarle la noticia a su cliente. Para que el beneficio se concrete este jueves, la defensa deberá cancelar el monto antes de las 14:00 horas. El abogado que representa en el proceso al Estado peruano, Alfredo Etcheberry, manifestó su temor de que Fujimori se pueda fugar ahora del país, aunque sus defensores lo negaron tajantemente y recordaron que el ex Mandatario se entregó voluntariamente a la Justicia. En tanto, en una primera reacción, el portavoz del Gobierno, Ricardo Lagos Weber, se limitó a decir que el Ejecutivo se atendrá a lo que decidan los tribunales.Juez había rechazado el beneficio.
Recientemente el ministro Orlando Álvarez negó el beneficio a Fujimori, basándose en la aplicación del artículo 650 del Código de Procedimiento Penal, que establece que no corresponde otorgarle ese beneficio a un detenido que enfrenta un juicio por extradición. Sin embargo, la defensa apeló a la decisión, argumentando que la resolución era inconstitucional", porque el código concede el beneficio a cualquier imputado. El proceso de extradición contra Fujimori comenzó en enero pasado y el juez Álvarez ya ha entrevistado al ex gobernante, sus hijos y a empresarios vinculados a él que residen en Chile.

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