jueves, junio 05, 2008

La UE aprueba una norma común para el retorno de inmigrantes ilegales

Los ministros del Interior de la Unión Europea (UE) han llegado a un acuerdo sobre una serie de normas que regirán la deportación de inmigrantes sin papeles, según informaron diplomáticos del bloque comunitario en Luxemburgo.




Las llamadas Directivas de la UE para el Retorno establecen límites al período de detención de inmigrantes ilegales, regula su deportación a los países de origen y esclarece las normas para el acceso de organizaciones no gubernamentales a los centros de detención de la UE. Cada inmigrante tiene derecho a dejar el país voluntariamente y los Estados miembros deberán fijar un plazo de entre siete y treinta días. Los embajadores de los Veintisiete resolvieron este miércoles el último punto pendiente, la cuestión de quién asume los costes de la asistencia legal de los inmigrantes que no pueden pagarla. Varios países, encabezados por Alemania, Austria y Grecia, se negaban a que la asistencia jurídica gratuita fuera una obligación, y por ello se había dejado la decisión en manos de cada Estado miembro.

Sin embargo, los representantes del Parlamento Europeo protestaron y exigieron que se recogiera en la directiva la gratuidad. Los embajadores lo han aceptado pero estableciendo una serie de salvaguardas que ya aparecen en la directiva sobre refugiados. Además, este principio entrará en vigor un año más tarde que el resto de la directiva. Asimismo, la Comisión se compromete a facilitar ayudas comunitarias para cubrir estos gastos y a elaborar un informe en el plazo de tres años sobre la aplicación de esta disposición. Esta directiva, que se debatirá el próximo día 17 en el Parlamento Europeo, intenta lograr una equiparación de mínimos sobre las normas de retención y retorno de inmigrantes irregulares que han llegado a territorio de la UE, ya que actualmente hay muchas diferencias entre los Veintisiete miembros de la Unión.

Nueve países -Reino Unido, Suecia, Grecia, Dinamarca, Finlandia, Estonia, Irlanda, Malta y Holanda- no tienen ningún período máximo de retención de los indocumentados, por lo que pueden estar internos de forma indefinida. La directiva, que se debatirá el próximo día 17 en el Parlamento Europeo, intenta lograr una equiparación de mínimos sobre las normas de retención. Estos Estados miembros se verán obligados a cambiar su normativa para introducir el nuevo límite de seis meses, que se podrá ampliar a 18 si hay una falta de cooperación del inmigrante o si hay demoras en la obtención de la documentación necesaria que deban expedir terceros países.

A España no le afectaría este límite porque en la actualidad el periodo máximo de retención es de 40 días y, una vez finalizado ese plazo, los inmigrantes quedan en libertad, aunque su orden de expulsión no haya sido ejecutada. Pero, la directiva de retorno no obliga a España a ampliar el plazo. La norma establece también que cuando una persona en situación irregular sea expulsada tendrá prohibida su entrada en territorio comunitario durante un periodo de cinco años. Sin embargo, se introduce el principio de retorno voluntario, que evitaría esta prohibición de entrada.

Finalmente, cada inmigrante tiene derecho a dejar el país voluntariamente y los Estados miembros deberán fijar un plazo para ello de entre siete y 30 días. La directiva se aplicará también a familias y menores no acompañados, aunque en este caso se prevén garantías específicas.

Fuente: Diario El Mundo de España

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