lunes, diciembre 03, 2012

Dúplica chilena apunta a demostrar que Lima siempre reconoció límite marítimo


En marzo de 1966, una corbeta de la Marina peruana, el Diez Canseco, disparó 16 tiros de advertencia a dos pesqueros chilenos que, según Perú, habían transgredido el límite entre ambos países. El hecho generó un incidente diplomático. Chile aseguró que los barcos pesqueros estaban al sur de la frontera, por lo que pidió una explicación a Lima. La respuesta fue entregada en junio de ese año a la Cancillería chilena de manos del representante peruano en Santiago. En el memorándum, incluido en la dúplica chilena a La Haya, Perú dice que los pesqueros se hallan al norte de “la línea de frontera” y entrega las coordenadas de la corbeta Diez Canseco y la distancia a la que esta se encontraba de esa línea. Coordenadas que, según Chile, indican el paralelo que fija el actual límite marítimo defendido por Santiago.
El episodio no es mencionado en los documentos peruanos, pero Chile lo entrega como uno de los argumentos que defienden la tesis de que sí existe un límite marítimo reconocido entre ambos países y que, incluso, Lima siempre lo aceptó como tal.
La dúplica chilena, presentada el 11 de julio de 2011, es especialmente dura en cuestionar la posición peruana. “Perú simplemente ignora mucha evidencia que no sostiene su caso (...) selectivamente indica piezas individuales de evidencia, las aísla del contexto y busca invocar datos actuales para encontrar imperfecciones en documentos y eventos históricos”, asegura el texto. El documento, entre las páginas 8 y 11, responde uno a uno los puntos que califica como “problemas de la posición peruana”, la que considera “inconsistente con el peso de la evidencia”.
Según la argumentación chilena, el reclamo peruano no tiene fundamento porque Lima siempre reconoció el paralelo como el límite marítimo entre ambos países. En el primer punto de los se pone en relevancia la solicitud de Lima de que la corte no considere relevante que, cuando Perú declaró por primera vez sus 200 millas marítimas, señaló que estas “debían ser medidas siguiendo la línea de los paralelos geográficos”. Luego agrega que Lima “pidió a la corte aceptar su argumento, pese al hecho de que Chile, Ecuador y Perú conjuntamente pidieron registrar la Declaración de Santiago bajo el artículo 102 de la carta de Naciones Unidas en 1973”, y el documento “fue registrado como un tratado que entró a regir tras su firma”.
A los planteamientos peruanos que destacan que muchos expertos han considerado que los límites marítimos entre Chile y Perú son poco convincentes, la dúplica chilena responde que “Perú no podrá dejar de notar, sin embargo, el número de académicos, profesionales y publicaciones gubernamentales que por décadas registraron el límite marítimo entre Chile y Perú como acordado”. Todo ello, según la posición chilena, refuta el argumento peruano de que no hay referencias que confirmen la existencia de una frontera marítima.
Pero los puntos más destacados de la argumentación chilena están referidos a los hechos donde el propio gobierno peruano reconoce la existencia de un límite marítimo entre ambos países. El episodio del Diez Canseco apunta en ese sentido, al igual que un memorándum de 1962, donde Perú pide a Santiago evitar las incursiones chilenas en aguas peruanas. El texto señala textualmente: “El gobierno de Perú, tomando en consideración el sentido y las provisiones del acuerdo relacionado a una zona de límite marítimo especial firmado el 4 de diciembre de 1954, pide al gobierno de Chile (...) poner fin a las incursiones ilegítimas y notificar a los propietarios de navíos pesqueros que eviten seguir pescando al norte de la frontera entre Chile y Perú”.

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