viernes, diciembre 21, 2012

TSJ no descartó que Chávez se juramente después del 10-E

La presidenta del Tribunal Supremo de Justicia, Luisa Estella Morales Lamuño, advirtió que no sólo debe analizarse la fecha a la hora de interpretar el artículo 231 de la Constitución, en el que se establece que el candidato elegido presidente de la República tomará posesión el 10 de enero del primer año de su período constitucional.

 Luisa Estela Morales, presidenta del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) | Juan Carlos Neira

“La sentencia del 2001 debe ser leída en su totalidad porque tiene varios considerandos, por supuesto, no solamente el de la fecha, sino los valores fundamentales que se deben proteger constitucionalmente cuando se trata de la toma de posesión, no solamente del presidente sino también de cualquier persona que haya ascendido a un cargo por elección popular”.

Esa fue la respuesta que dio Morales Lamuño cuando se le preguntó si el TSJ podría modificar el criterio contenido en un fallo que la Sala Constitucional dictó en el año 2001, en el que los magistrados interpretaron que la fecha tope establecida por el constituyente para la toma de posesión del presidente era el 10 de enero de su primer año de mandato.

“Recuerden que la Constitución tiene como eje transversal la participación popular, hecho muy resaltante y derecho muy importante cuando se trata de evaluar constitucionalmente”, explicó la magistrada que preside la Sala Constitucional, instancia a la que le corresponderá decidir cualquier recurso que pueda ser interpuesto en torno a la toma de posesión presidencial y a la hipotética falta del presidente Hugo Chávez para dicha fecha. Este escenario fue planteado por el propio jefe del Estado antes de partir a Cuba para operarse, cuando llamó a sus seguidores a apoyar a Nicolás Maduro en caso de que por alguna razón él fuese inhabilitado para el ejercicio del cargo.

TSJ ha respondido. Morales Lamuño señaló que el TSJ ya ha dictado varios fallos en los que ha fijado posición en cuanto al inicio de la gestión del presidente y a la oportunidad en la que debe efectuarse la toma de posesión.

“Ya desde antes de la constituyente el Poder Judicial se manifestó en una sentencia, en la cual habló de la supraconstitucionalidad y pasó por encima de algunos escollos importantes para abrir el campo jurídico y constitucional a la posibilidad de una consulta para una asamblea constituyente. Luego, con la Constitución de 1999, se establece por primera vez en Venezuela una instancia constitucional con las competencias que ya conocemos y en todo momento la Sala Constitucional ha venido dando respuesta oportuna”, dijo.

La magistrada advirtió que actualmente la mencionada sala no tiene nada que interpretar. “Hasta este momento no se ha presentado ninguna duda constitucional con respecto al presidente Hugo Chávez”, dijo.

Aseveró que lo ocurrido hasta ahora ha consistido en que el jefe del Estado solicitó a la Asamblea Nacional un permiso para ausentarse del país por más de cinco días.

“Las otras circunstancias ya las conocemos, pero no tienen por qué ser objeto de interpretación constitucional. Por supuesto, los venezolanos están en su derecho de plantearse hipótesis”, señaló

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