La presidenta del Tribunal Supremo de Justicia, Luisa Estella Morales
Lamuño, advirtió que no sólo debe analizarse la fecha a la hora de
interpretar el artículo 231 de la Constitución, en el que se establece
que el candidato elegido presidente de la República tomará posesión el
10 de enero del primer año de su período constitucional.
“La
sentencia del 2001 debe ser leída en su totalidad porque tiene varios
considerandos, por supuesto, no solamente el de la fecha, sino los
valores fundamentales que se deben proteger constitucionalmente cuando
se trata de la toma de posesión, no solamente del presidente sino
también de cualquier persona que haya ascendido a un cargo por elección
popular”.
Esa fue la respuesta que dio Morales Lamuño cuando se le
preguntó si el TSJ podría modificar el criterio contenido en un fallo
que la Sala Constitucional dictó en el año 2001, en el que los
magistrados interpretaron que la fecha tope establecida por el
constituyente para la toma de posesión del presidente era el 10 de enero
de su primer año de mandato.
TSJ ha respondido.
Morales Lamuño señaló que el TSJ ya ha dictado varios fallos en los que
ha fijado posición en cuanto al inicio de la gestión del presidente y a
la oportunidad en la que debe efectuarse la toma de posesión.
“Ya
desde antes de la constituyente el Poder Judicial se manifestó en una
sentencia, en la cual habló de la supraconstitucionalidad y pasó por
encima de algunos escollos importantes para abrir el campo jurídico y
constitucional a la posibilidad de una consulta para una asamblea
constituyente. Luego, con la Constitución de 1999, se establece por
primera vez en Venezuela una instancia constitucional con las
competencias que ya conocemos y en todo momento la Sala Constitucional
ha venido dando respuesta oportuna”, dijo.
La magistrada advirtió que actualmente la mencionada sala no tiene nada que interpretar. “Hasta este momento no se ha presentado ninguna duda constitucional con respecto al presidente Hugo Chávez”, dijo.
Aseveró que lo ocurrido
hasta ahora ha consistido en que el jefe del Estado solicitó a la
Asamblea Nacional un permiso para ausentarse del país por más de cinco
días.
“Las otras circunstancias ya las conocemos, pero no tienen
por qué ser objeto de interpretación constitucional. Por supuesto, los
venezolanos están en su derecho de plantearse hipótesis”, señaló
Fuente. DIARIO EL NACIONAL DE CARACAS
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