El Tribunal Constitucional (TC) no admitió el pedido de dirimencia planteado por presidente del Congreso, Jorge Cevallos (PRIAN), sobre el conflicto que mantiene el Legislativo con el Tribunal Supremo Electoral (TSE). El pedido tenía que ver con las destituciones de 57 diputados decidida por el TSE. El TC basó su decisión en fallas de procedimiento en la estructuración del recurso ya que no se cumplieron requisitos de Ley en la presentación de la solicitud. El pedido debía incluir una copia certificada del acta de la resolución del Congreso Nacional que faculta a Cevallos para presentar este tipo de acción, según el presidente del TC, Santiago Velásquez.
La autoridad señaló también que Cevallos realizó el trámite a título personal y no como presidente del Congreso Nacional.Velázquez señaló que “la decisión del TSE está en firme, mientras no haya una autoridad legítima que declare que esa resolución ha sido contraria a la Constitución o la ley". Además aclaró dos opciones que todavía le quedarían al Congreso: que vuelva a presentar la solicitud con el acta certificada o apelar la resolución del TC.TSE revisará la listaLa Comisión Jurídica del TSE analizará hoy las solicitudes de Antonio Álvarez, Soledad Diab, Fernando Jalil y Lucia Burneo, para que se revea su destitución. En la solicitud, los diputados aseguran que por diversas razones no votaron en la sesión del Congreso en la que se removió al Presidente del TSE, Jorge Acosta.Sin embargo, el vocal del TSE, Hernán Rivadeneira, afirmó que no solo se analizará este voto, sino también el apoyo a la demanda de inconstitucionalidad en contra de la convocatoria a la consulta y el llamado a juicio político a los cuatro vocales del TSE. En este último tema Lucia Burneo y Antonio Álvarez, votaron a favor y Fernando Jalil habría votado por la inconstitucionalidad a la consulta. Solo Soledad Diab no estuvo presente en ninguna de las sesiones.
Sí aceptó: Ayer también se sorteó la demanda de inconstitucionalidad presentada por la mayoría del Congreso contra la convocatoria a consulta popular realizada por el TSE. La demanda recayó en la Primera Sala del TC, conformada por los vocales Juan Montalvo (presidente), Tarquino Orellana y Enrique Tamariz.
Tome nota: Numeral 2 del Art. 277 de la Constitución: “Las demandas de inconstitucionalidad podrán ser presentadas por el Congreso Nacional, previa resolución de la mayoría de sus miembros…”.
Fuente: Diario La Hora de Quito


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