La frontera marítima entre Perú y Ecuador está perfectamente delimitada por el paralelo que parte de Boca de Capones, el punto en que la frontera terrestre llega al mar. Se encuentra asimismo sustentada en la Declaración de Santiago de 1952, el Convenio sobre Zona Especial Fronteriza Marítima de 1954 y el Acta de Brasilia de 1998. La alusión al paralelo geográfico como método de delimitación marítima es solo aplicable a la frontera peruano-ecuatoriana ante la existencia de islas. Según el artículo 4º de la Declaración de Santiago de 1952, "en caso de territorio insular, la zona de 200 millas marinas se aplicará en todo el contorno de la isla o grupo de islas".
Así, "si un grupo de islas de uno de los países estuviere a menos de 200 millas marinas de la zona marítima general que corresponde a otro de ellos, la zona marítima de ese grupo de islas quedará limitada por el paralelo del punto en que llega al mar la frontera terrestre". Esas islas ecuatorianas son Puná y Santa Clara (ver infografía). La inexistencia del problema limítrofe fue reafirmada en la entrevista bilateral que los presidentes Toledo y Palacios sostuvieron en la Cumbre de las Américas de Mar del Plata (noviembre de 2005).
Fuente: Diario La República de Lima
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