Lejos de mostrar satisfacción con la realización de una audiencia pública para debatir los contenidos del controvertido proyecto de Ley de Radiodifusión que envió el Ejecutivo al Congreso, los sectores más interesados en discutir sobre el tema expresaron fuertes reparos a esa convocatoria, prevista para mañana en la Cámara de Diputados. La razón es clara: en su afán de imponer velozmente la norma, el oficialismo no cuidó las formas más elementales que deben regir este tipo de debates. El mayor cuestionamiento se dirige a la celeridad impuesta al proceso. "Está hecho con una velocidad sumamente llamativa", objetó el constitucionalista Daniel Sabsay.
"Una audiencia pública no es solo que la gente opine. Se trata de una institución de consulta pública, que tiene que anteceder a una toma de decisión importante. Por lo tanto, todos los que deseen participar tienen que contar con el tiempo suficiente de reflexión y elaboración de sus posturas", explicó el especialista. Para Sabsay, la convocatoria al debate debió realizarse al menos con tres semanas de anticipación. No es este el caso: recién el viernes se enviaba la invitación a la audiencia, prevista para mañana a las 9.
Desde las asociaciones de consumidores el reclamo fue semejante. "La audiencia pública es absolutamente inconstitucional, dado que viola el plazo necesario de 20 días de convocatoria, que por ley toda audiencia pública debe tener", se quejó Susana Andrada, del Centro de Educación al Consumidor.
Sabsay, uno de los principales especialistas en la interpretación de las normas constitucionales, incorporó otros cuestionamientos a los exiguos plazos establecidos. "También es fundamental el modo en que se desarrollan este tipo de audiencias. En este caso, no aparecen ciertas reglas: quién la va a presidir, cuánto tiempo de uso de la palabra tendrá cada uno de los participantes, de qué modo se va a confeccionar el documento que será el producto de la audiencia pública", explicó.
El experto señaló que el país no cuenta todavía con una ley que regule este tipo de procedimientos. Pero explicó que hay muchos antecedentes jurídicos de peso. Por caso, las audiencias públicas vinculadas a los servicios públicos o la Ley 25.675, que las impone como instancia necesaria en cuestiones vinculadas a la problemática ambiental. Sabsay también recordó que la Corte Suprema de Justicia, a partir de 2007, incorporó el sistema de consultas antes de fallar en cuestiones de importancia. Ya realizó cerca de una decena de ellas.
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"Una audiencia pública no es solo que la gente opine. Se trata de una institución de consulta pública, que tiene que anteceder a una toma de decisión importante. Por lo tanto, todos los que deseen participar tienen que contar con el tiempo suficiente de reflexión y elaboración de sus posturas", explicó el especialista. Para Sabsay, la convocatoria al debate debió realizarse al menos con tres semanas de anticipación. No es este el caso: recién el viernes se enviaba la invitación a la audiencia, prevista para mañana a las 9.
Desde las asociaciones de consumidores el reclamo fue semejante. "La audiencia pública es absolutamente inconstitucional, dado que viola el plazo necesario de 20 días de convocatoria, que por ley toda audiencia pública debe tener", se quejó Susana Andrada, del Centro de Educación al Consumidor.
Sabsay, uno de los principales especialistas en la interpretación de las normas constitucionales, incorporó otros cuestionamientos a los exiguos plazos establecidos. "También es fundamental el modo en que se desarrollan este tipo de audiencias. En este caso, no aparecen ciertas reglas: quién la va a presidir, cuánto tiempo de uso de la palabra tendrá cada uno de los participantes, de qué modo se va a confeccionar el documento que será el producto de la audiencia pública", explicó.
El experto señaló que el país no cuenta todavía con una ley que regule este tipo de procedimientos. Pero explicó que hay muchos antecedentes jurídicos de peso. Por caso, las audiencias públicas vinculadas a los servicios públicos o la Ley 25.675, que las impone como instancia necesaria en cuestiones vinculadas a la problemática ambiental. Sabsay también recordó que la Corte Suprema de Justicia, a partir de 2007, incorporó el sistema de consultas antes de fallar en cuestiones de importancia. Ya realizó cerca de una decena de ellas.
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