El ministro de Relaciones Exteriores, embajador Oscar Maúrtua de Romaña, hizo entrega de una nota diplomática al embajador de Chile en el Perú, Juan Pablo Lira, en respuesta a la que enviara el Gobierno chileno el pasado 28 de octubre, entregada al Embajador del Perú en Chile, José Antonio Meier. El documento señala enfáticamente que para el gobierno peruano “no son aceptables” las expresiones contenidas en la nota enviada por Chile, según las cuales el Perú estaría conduciéndose en contradicción con el ordenamiento jurídico internacional. En ese sentido, Perú reafirma, una vez más, que constituye un principio de su política exterior el irrestricto respeto de los tratados internacionales vigentes y su compromiso con la solución pacífica de controversias, de conformidad con el derecho internacional. La nota señala que resulta insólito en las relaciones entre los Estados que uno de ellos formule reservas a proyectos de otro, que se encuentran bajo la consideración del Poder Legislativo y que, además, advierta la inconveniencia de su aprobación por medio de notas diplomáticas. La nota agrega que actos como éstos son contrarios a lo establecido en el Derecho Internacional, y que esta práctica “resulta inaceptable” puesto que atenta contra la decisión soberana e independiente del Poder Legislativo que, en el caso de Perú, es un poder del Estado autónomo y no está sujeto a injerencia o presión alguna. En relación con el Proyecto de Ley de Líneas de Base que el Ejecutivo remitió al Congreso peruano, la nota explica que éste se ha elaborado en cumplimiento de lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo 54º de la Constitución Política del Perú, y por consiguiente es un acto soberano del Perú, que no admite interferencia alguna de terceros Estados. Recuerda, además, que en conversaciones sobre temas marítimos sostenidas con autoridades de la Cancillería chilena el 3 de febrero pasado, la delegación peruana adelantó que una comisión técnica peruana se encontraba elaborando el sistema de líneas de base y su proyección sobre el espacio marítimo, así como la inminencia de su aprobación por el Congreso de la República. Más adelante, precisa que la referida comisión técnica realizó la ubicación y determinación de los puntos contribuyentes para el establecimiento de las líneas de base del Perú teniendo en cuenta los tratados de delimitación, el derecho internacional y la práctica de los Estados. Se deja abierta la posibilidad de que en una oportunidad mutuamente convenida, la Comisión Mixta Permanente de Límites podría verificar la exactitud de las coordenadas del punto final en la orilla del mar, establecidas en el punto 266, del Anexo 1 del Proyecto de Ley. El canciller reiteró la total discrepancia de Perú con la interpretación chilena de que la Declaración de Santiago de 1952 y al Convenio sobre Zona Especial Fronteriza Marítima de 1954 -ratificado por Chile a fines de 1967- así como a “otros acuerdos”, hayan establecido límites marítimos con ese país. El documento hace referencia a la histórica y persistente posición del Perú respecto a la inexistencia de tratados de delimitación marítima con el vecino país del sur. Recuerda, igualmente, que cuando Chile efectuó el depósito de las cartas y coordenadas en la Secretaría General de las Naciones Unidas; el Perú, con fecha 9 de enero de 2001, hizo reserva formal de la línea del paralelo como límite marítimo entre el Perú y Chile mediante una nota dirigida a la Secretaría General de las Naciones Unidas. Finalmente, el canciller expresó que este tipo discrepancia sobre temas de delimitación marítima, que aún perduran, deben solucionarse a través del diálogo bilateral en el marco de la amistad y la buena voluntad, tal como propuso el Perú en la nota del 19 de julio de 2004.
Fuente: Diario La Tercera de Santiago.
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