miércoles, mayo 04, 2011

Nuestro límite marítimo con el Ecuador

Luego de una negociación diplomática entre los gobiernos del Perú y Ecuador, llevada en reserva a lo largo de más de un año, se ha llegado a un exitoso y muy importante resultado: fijar la frontera marítima entre los dos países. El lunes último se hizo público que las cancillerías peruana y ecuatoriana habían canjeado notas reversales, es decir, que tienen un texto idéntico y, de acuerdo con el artículo decimotercero de la Convención de Viena, de 1969, esto constituye un tratado que en su parte medular establece “el paralelo geográfico como límite marítimo entre el Perú y Ecuador, en atención a la existencia de islas en el área adyacente a la frontera terrestre común, lo que constituye una circunstancia especial de conformidad con el derecho internacional”.

Desde hace más de 50 años, en el artículo cuarto de la Declaración sobre Zona Marítima o Declaración de Santiago, firmada en dicha ciudad por los delegados de Chile, Ecuador y el Perú, se aceptaba, en razón de la existencia del territorio insular ecuatoriano, que la línea paralela podía ser empleada en un ulterior tratado de límites marítimos peruano-ecuatoriano, no siendo aplicable este caso en lo concerniente al Perú y Chile. Había, pues, un statu quo en lo referente a los límites marítimos con Ecuador, que ahora se consolida gracias a los documentos que han sido suscritos en Quito y Lima por los ministros de Relaciones Exteriores Ricardo Patiño y José Antonio García Belaunde, respectivamente.


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