El corte del servicio de Internet deja de ser desde hoy mismo una de las sanciones por bajarse ilícitamente de la red ficheros sujetos a derechos de autor, en virtud de una reforma del Gobierno publicada en el Diario Oficial.
Se trata de suprimir una de las medidas más impopulares del dispositivo creado con la Alta Autoridad de Difusión de Obras y Protección de Derechos en Internet (Hadopi), en línea con lo que había propuesto un experto nombrado por el actual Ejecutivo de izquierdas.
La suspensión administrativa de Internet era la última penalización dentro del esquema de "respuesta graduada" prevista por Hadopi, organismo constituido en 2009 por la anterior mayoría conservadora, para combatir las descargas ilegales en caso de reiteración de esas prácticas. Tenía que ser decidida por un juez.
Hasta ahora, la pena máxima teórica por descarga no autorizada de archivos era de 1.500 euros de multa y un mes sin acceso a Internet.
En la práctica, las sanciones habían sido pocas -el proceso se inicia con una advertencia al infractor- y sólo en septiembre pasado se dictó la primera condena a un internauta, de 150 euros de multa. Y hace menos de un mes un tribunal francés condenó por primera vez a un usuario al corte de su acceso a Internet, en este caso durante un periodo de 15 días.
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